Por Catalina Guerrero
Durante la tarde del martes la Convención Constitucional aprobó en particular los incisos 1 y 2 del Artículo 16, el cual garantiza constitucionalmente la titularidad y garantía de los Derechos Sexuales y Reproductivos. Estos incluyen el fomento de una educación sexual integral y la interrupción voluntaria del embarazo.
El inciso primero afirma que “todas las personas son titulares de derechos sexuales y derechos reproductivos. Estos comprenden, entre otros, el derecho a decidir de forma libre, autónoma e informada sobre el propio cuerpo, sobre el ejercicio de la sexualidad, la reproducción, el placer y la anticoncepción”, el que fue aprobado con 113 votos a favor, 35 en contra y 5 abstenciones.
Por otra parte, el inciso segundo enuncia que “el Estado garantiza el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos sin discriminación, con enfoque de género, inclusión y pertinencia cultural, así como el acceso a la información, educación, salud, y a los servicios y prestaciones requeridos para ello, asegurando a todas las mujeres y personas con capacidad de gestar, las condiciones para un embarazo, una interrupción voluntaria del embarazo, parto y maternidad voluntarios y protegidos. Asimismo, garantiza su ejercicio libre de violencias y de interferencias por parte de terceros, ya sean individuos o instituciones”. Este se aprobó con 108 votos a favor, 39 en contra y 6 abstenciones.
El convencional Fuad Chahín de la Democracia Cristiana, quién voto a favor del inciso primero y en contra el inciso segundo, pues sostiene que la norma es amplia y vaga, y que cualquier regulación que se intente efectuar en el futuro podría resultar inconstitucional.
El ex Presidente de la DC dijo que la sola aprobación del texto no se hace cargo de todos los aspectos de seguridad asociados al aborto, para quien se somete a una intervención de esta naturaleza.
De igual manera, Chahín afirmó que el país ha demostrado que esta preparado institucionalmente para tener aborto libre a partir de lo que ha ocurrido con la “despenalización del aborto en tres causales”. “Ahora, ¿Qué es el aborto libre? A mi juicio es una discusión que debe ser definido por el legislador, es decir establecer plazos y requisitos”, manifestó.
Por su parte, la constituyente Constanza Schonhaut del Frente Amplio, quien votó a favor de ambos incisos respondió directamente a Chahín y sus aprehenciones. Dijo que se requiere de una ley que regule tiempos y condiciones para asegurar la práctica del aborto: “Por el carácter y contenido de la norma, ésta sin duda requerirá de una legislación para su implementación. Una ley que garantice la seguridad de los procedimientos médicos y los servicios y prestaciones necesarios para el ejercicio de este derecho. Y por tanto, deberá considerar también plazos para el ejercicio de este derecho. Para ello tenemos como referencia por ejemplo los estándares científicos determinados por la OMS. No es cierto, convencionales, que con esta norma se establezca el derecho al aborto sin plazo alguno”, dijo.
Los constituyentes tendrán plazo hasta el 4 de julio de este año para entregar el proyecto de nueva Constitución. Una vez entregado, los convencionales se harán cargo de comunicar el contenido a chilenos y chilenas quienes finalmente decidiremos la aprobación o rechazo del texto final.