A raíz de todo lo que está sucediendo con las Isapres y la propuesta de Gobierno con la Ley Corta, en Cooler explicamos detalladamente qué es lo que está ocurriendo, desde el inicio del problema hasta las propuestas que tanto el oficialismo y la oposición buscan para resolver el asunto.
Por: Vicente Quiroga Campos
El 9 de mayo del presente año, el Gobierno propuso una “Ley Corta” como forma de resolver el conflicto que tiene en el centro a las Instituciones de Salud Previsional (Isapres), y así, devolverle a los afectados las cifras monetarias que les correspondan respectivamente.
No obstante, hay quienes se oponen a esta dado el riesgo de un posible quiebre de las instituciones de salud privadas, alegando que también podrían dejar a estas sin recursos para septiembre de este año, esto porque la Ley Corta ordenaría a las Isapres pagar una suma total de $1,12 billones entre sus afiliados afectados (US$1.400 millones). Por lo mismo, desde la oposición en el Senado se propone una alternativa contraria a la del Gobierno para que no colapse el sistema de salud privado.
Pero dado lo complejo del asunto, sumado a su trayectoria en la contingencia nacional, en Cooler les traemos una explicación de lo que está sucediendo de manera cronológica y detallada.
El origen del conflicto
Las Isapres cobran sus planes según dos tablas de riesgo: Una entregada por la Superintendencia de Salud en 2019 (que entró en vigencia a partir del 1 de abril de 2020 a través de la Circular IF N°343) y otra que las mismas pusieron de manera arbitraria.
Si bien no fue hasta 2020 que entró en vigencia la tabla de Superintendencia, 10 años antes, en 2010, el Tribunal Constitucional declaró inconstitucional la tabla de riesgo de las mismas Isapres, advirtiéndoles que no podían continuar usándolas, ya que violaban el Artículo n° 19 inciso 2° de la Constitución Política de la República, que asegura que “ni la ley ni autoridad alguna podrán establecer diferencias arbitrarias”. Esto se da porque estas tablas tienen variaciones dependiendo del género, edad, enfermedad, o edad fértil (en caso de las mujeres).
Sin embargo, las Isapres continuaron cobrando de más a sus afiliados, por lo que en 2019 la Superintendencia de Salud entregó la tabla dicha anteriormente, que regulaba de mejor manera los cobros a los usuarios. Pero las Isapres hicieron caso omiso a estas.
Así mismo, desde entonces se han sumado más de dos millones de fallos en tribunales a favor de afiliados a las Isapres que han demandado a estas por sus excesivos cobros, y estas dos millones de veces se han compensado solamente a quienes reclamaron, mas no se dejaron de ocupar las tablas arbitrarias, como tampoco se preocuparon de aquellos clientes que nunca demandaron, por ende, se les continuaba sobre cobrando al resto. Incluso, Felipe Galleguillos, gerente general de Isapre Colmena, amenazó en 2022 con demandar a los usuarios que se atrevieran a interponer recursos de protección para dejar sin efecto el alza de los planes.
Fue así que en 2022 ocurre nuevamente una demanda masiva, a lo que la Corte Suprema no solo resuelve lo mismo que el TC (que es inconstitucional), sino que exige que las Isapres deben devolver todo el dinero injustamente cobrado desde abril de 2020 a la fecha a todos sus usuarios, hayan demandado o no, por lo que tendrían que devolver en total una suma de $1.121.615.765.157 a sus usuarios (equivalente a US$1.458 millones). Esto según el superintendente de salud, Víctor Torres.
Cabe mencionar también que para diciembre 2020 eran 3.339.226 de personas, representando al 17,2% de la población total del país frente a las 15.142.528 de usuarios que estaban en Fonasa para aquel entonces (77,8% de la población total), según la Superintendencia de Salud.
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A raíz de lo sucedido, el 9 de mayo del presente año, el Gobierno de Gabriel Boric ingresó una propuesta de Ley Corta para impulsar y complementar el fallo de la Corte Suprema, la cual indica que, en caso de aprobarse, las compañías tendrán un plazo de 6 meses para tener un plan de pago, indicando de esta manera el número de contratos afectados por la adecuación del precio y el número de contratos afectos a la devolución. Es decir, el número de personas que obtendrán la devolución y el monto a entregar por cada cliente.
Así mismo, las Isapres también deberán avisar en el plazo entregado cuál será la fecha límite para pagarle a sus usuarios, y esta propuesta será revisada por un comité de expertos en otro periodo de 6 meses.
Sumado a esto, la ley también le prohibiría a todos los dueños de las Isapres sacar utilidades de estas hasta que devuelvan todo el dinero que deben a sus usuarios, es decir, no pueden obtener ganancias del sistema.
Además, otro punto a considerar dentro de esta propuesta de ley es que las tablas de factores de riesgo se unificarían, lo que se traduce, según el Gobierno, en una disminución en los planes entre 40 y 50 mil pesos mensuales.
De igual modo, la Ley Corta también busca reforzar el Sistema de Salud Público, el cual sería Fonasa, lo que sería de ayuda para quienes se quieran cambiar del modelo privado a este, dadas las controversias.
Cabe señalar también que la devolución no debería perderse de cambiarse de Isapre a Fonasa, dado que esta es una deuda con el usuario que está asociada al tiempo en que estuvo vigente el contrato con la respectiva Isapre, por lo que no debiera haber problema al respecto.
A continuación, una muestra de lo que debiese pagar cada Isapre según los montos entregados por la Superintendencia de Salud:
Contrapropuesta de la oposición
La Ley Corta no ha sido del agrado de los dueños de las Isapres, quienes la encuentran injusta y amenazante contra el Sistema de Salud Privado. Incluso Gonzalo Simón, Presidente de la Asociación de Isapres, aseguró en una entrevista con el Diario Financiero que “La Corte Suprema ordenó aplicar la tabla de factores, no acabar con el sistema”.
Fue así que los senadores Matías Walker, Ximena Rincón, Rodrigo Galilea, Francisco Chahuán y Javier Macaya, todos de oposición, presentaron un proyecto alternativo a la Ley Corta de Isapres, en donde se busca autorizar a las aseguradoras para que recalculen sus precios bases incluso de manera retroactiva.
Del mismo modo, esta permitiría que las Isapres aumenten el precio base de sus planes en los casos que la aplicación de la nueva tabla de factores de riesgo bajase sus precios, aunque eso sí, el aumento no puede ser un precio final mayor a lo que el usuario pagaba antes del fallo de la Corte Suprema.
Este proyecto se aprobó en general en la Comisión de Constitución del Senado, y no estuvo exento de críticas dado que personajes como la Ministra de Salud, Ximena Aguilera, aseguró que esta reforma constitucional “cambia la naturaleza y el sentido del fallo”, agregando que “no es que modifique parte de la sentencia, sino que más bien anula lo medular de lo instruido por la Corte Suprema”.
Lo mismo criticó el Presidente Gabriel Boric durante el encuentro de la Cámara Chilena de la Construcción (CChC) realizado el martes, donde sostuvo que el proyecto “evade el cumplimiento de un fallo emitido por un poder independiente”.
Por otro lado, las Isapres rescatan el hecho de que se busquen alternativas frente a la Ley Corta, dado que afirman que si esta se aprueba este mes el sistema estará cerrado para septiembre, si se tiene en cuenta también que las Isapres registraron pérdidas por $2.152 millones durante el primer trimestre del 2023.
Ambas propuestas, tanto la Ley Corta como la Contrapropuesta de la oposición, fueron aprobadas en la Comisión de Constitución, por lo que ahora el proyecto alternativo pasará a las comisiones de Hacienda y Salud, donde el proyecto del Ejecutivo ya está ingresado, y en caso de que alguna se apruebe en estas comisiones deberá pasar luego a la Sala del Senado, donde se discutirá(n) en general. Aunque cabe señalar que la propuesta del gobierno está presentada con urgencia simple.